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08-07-2008

Luces y sombras de la Ley de Dependencia

Autor: Darío Fernández (responsable de Comunicación de ACRA)


El reportaje que transcribimos a continuación fue publicado en la revista ACRAactiva (nº 54 del primer trimestre de 2008), y aborda un asunto de constante reclamo por parte de nuestros lectores, la Ley de Dependencia. Por ello, Magazín Alzheimer ha considerado oportuna su divulgación, gracias a la gentileza de la Associació Catalana de Recursos Assistencials (ACRA)* y especialmente del autor del reportaje Darío Fernández (responsable de Comunicación de ACRA).

La entrada en vigor de la Ley de Dependencia y la aparición de la Ley de Serveis Socials en Catalunya ha renovado un escenario que de escoger en breve qué quiere ser "cuando sea grande". Las expectativas generadas de marcado cariz triunfalista, y el escepticismo sobre la óptima implantación chocan en un sector que se planta preguntas y pide respuestas.

Desde hace algunos meses, una pregunta resuena con insistencia en la centralita de ACRA y en las jornadas y seminarios que se celebran en el sector, inquietudes que se ha dirigido posteriormente al Departament d'Acció Social i Ciutadania: ¿cómo será posible la coexistencia entre la Ley de promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en dependencia (LAPAD) y la Ley de Servicio Sociales, en medio de la nebulosa indefinición que afecta diversos aspectos?

La Administración apunta que desde el 2 de enero de 2008 no hablamos de dos marcos de acción sino de un solo Sistema Catalán de Autonomía i Atención a la Dependencia (SCAAD) erigido por la Ley de Servicios Sociales que desarrolla la normativa estatal. Aun así, el encaje y la adaptación, como si se tratara de una matriuska que contiene otra en su interior, requiere de un esfuerzo interpretativo que, a día de hoy, parece que no se haya cerrado.


Un desarrollo en curso

A pesar de ello, lo que ya es un hecho es la puesta en marcha de la tramitación del proceso de valoraciones, la plena inmersión en el nuevo sistema que se configura independientemente de los interrogantes que se puedan suscitar.

Jordi Tudela, director del PodedeP (Programa per a l'impuls i l'ordenació de la promoció de l'autonomia personal i l'atenció de les persones amb dependències) informó que, «en el mes de marzo de 2008, las valoraciones han aumentado a 44.940, de las cuales 35.018 son de grado III (el 77,92% de las valoraciones) y 6.124 de grado II (el 13.63%). En total, en estos momentos en Catalunya 38.432 personas (el 85% de las valoradas) han sido reconocidas como grandes dependientes (grado III y grado II nivel 2). Tenemos el 81,5% de las solicitudes valoradas, y el 96,2% de las valoraciones se realizan dentro de los tres meses que marca la Ley».Unas valoraciones que en el caso de Catalunya, y en contra de lo que sucede en el resto del Estado español, se realizan mayoritariamente a personas que viven en su domicilio, en vez de usuarios institucionalizados a recursos asistenciales.

De acuerdo con los datos del ProdeP el 31 de diciembre de 2007, se habían llevado a término unos 151 Programas Individuales de Atención (PIA), 74 de los cuales recibían prestación económica. A comienzos de marzo, se han cerrado más de 3.293 PIA, de los cuales 1.395 tienen prestación económica. Se cifró una inversión de 3 millones de euros en este concepto para cerrar 28.000 PIA antes del 31 de mayo.


Dinero y expectativas

El Departamento de Acción Social y Ciudadanía financia las prestaciones de la dependencia, pero la modalidad de pago es diferente según sea una prestación económica o en servicios. En el primer caso, se paga directamente a la persona beneficiaria, en el segundo, se asume el precio de la plaza.

A pesar de ello, la normativa en Catalunya marca unas ayudas máximas para alta dependencia (1.308 euros, como precio de la plaza pública, en el mejor de los casos) que se acaban reduciendo a una menor cantidad y no lograr cubrir los costos de la plaza residencial.

La otra pregunta es, ¿conoce la persona interesada, cuál será la cantidad que el ProdeP le asignará, de forma que pueda valorar si podrá hacer frente a la diferencia con el total del costo de la plaza privada?

Es la responsabilidad de la parte empresarial ser prudente frente de las olas de optimismo que puede comportar una ley con un talante tan popular como es la nueva normativa sobre dependencia. Una ley que podría estar levantando unas expectativas desmesuradas y en claro desequilibrio en comparación con los recursos que se emplean.

«Se está induciendo a la ciudadanía a sobrevalorar el apoyo real que ofrece la ley, una reflexión a menudo escondida por el bombo mediático de este gran avance social. También puede que estas expectativas sean engañosas para las empresas si se confíen demasiado en que sus inversiones en nuevos proyectos recibirán nuevas remesas de clientes sin problemas para pagar los costos de las plazas», según comenta Vicenç Vicente.

Los interrogantes que están marcados en rojo en la agenda del escenario de la dependencia de los próximos meses son sobre la cuantía de las dotaciones en ayudas, sobre el sistema de acreditación, sobre como la administración ejecutará las prestaciones económicas vinculadas a servicios, sobre la autonomía de un usuario para poder decidir a qué centro quiere dirigirse.

Unas reflexiones que requerirán espíritu crítico y una lógica centrada en los beneficios de los ciudadanos y también en la sostenibilidad del sector.

 

*ACRA, Associació Catalana de Recursos Assistencials (www.acra.es), es una asociación sin ánimo de lucro, fundada el año 1989, que agrupa entidades de recursos asistenciales (teleasistencia domiciliaria, atención domiciliaria, centros de día, hogares residenciales, residencias asistidas, pisos tutelados y centros sociosanitarios) para la gente mayor de toda Cataluña. ACRA está conformada por más de 500 entidades asociadas, con 800 servicios adscritos, que suman más de 26.000 plazas de atención a los mayores y 16.000 trabajadores directos y 12.000 indirectos.

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