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01-12-2004

Andalucía registra 700 peticiones de testamento vital en los seis primeros meses de funcionamiento

“El centro 'Salud Responde' ha gestionado un total de 1.326 citas y ha atendido 847 llamadas de ciudadanos interesados en informarse acerca de este derecho ”

Autor: Redacción El Médico Interactivo

Categoría: Bioética

Un total de 738 andaluces han expresado ya su testamento vital desde que hace seis meses entró en vigor el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de la Junta, un instrumento que hace posible que los ciudadanos decidan sobre la asistencia sanitaria y los tratamientos que desean recibir en caso de encontrarse en situaciones en las que no pueden expresar su voluntad.

Así lo ha indicó la consejera de Salud, María Jesús Montero, quien añadió que en este mismo periodo, el Centro de Información y Servicios al Ciudadano ?Salud Responde? ha gestionado, a través del teléfono 902 505 060, un total de 1.326 citas de personas interesadas en registrar su voluntad vital anticipada, que queda inscrita en un plazo medio de cinco días.

Por lo que respecta a las demandas de información acerca de este derecho, la página web de la Consejería de Salud registró un total de 20.000 accesos de personas interesadas en alguno de los aspectos relacionados con el mismo, mientras que 'Salud Responde' recibió hasta 847 llamadas con esta misma finalidad.

Del total de consultas recibidas en esta línea telefónica, la mayor parte (621) se han interesado por el propio concepto de testamento vital y el lugar donde registrarlo, aunque también se registraron consultas acerca de otros aspectos como el lugar en el que conseguir los impresos de solicitud, los requisitos para formularlo o las fuentes donde solicitar más información.

La normativa que regula en Andalucía el ejercicio de este derecho es una de "las más avanzadas" en el conjunto del Estado, aseguró la consejera, por la introducción de importantes novedades respecto a otras normativas aprobadas en España, como la posibilidad de expresar opciones en torno a la donación de órganos, el hecho de que no sea necesario recurrir a terceros, como testigos o fedatarios públicos, para que la declaración sea válida, o la propia creación del Registro, de obligada consulta por parte de los facultativos en situaciones en las que un individuo no puede tomar decisiones por sí mismo.

En la mayor parte de los casos, estas declaraciones se han registrado en las delegaciones provinciales correspondientes, si bien 21 de ellas fueron inscritas por los secretarios generales de las delegaciones de Salud en el propio domicilio del declarante, al tratarse de ciudadanos cuyos problemas de enfermedad o incapacidad no les permiten desplazarse para presentarla.

Perfil medio de los inscritos
Por lo que respecta al perfil medio de los inscritos, un 58 por ciento corresponde a mujeres y un 42 por ciento a varones, mientras que un 81 por ciento tiene edades comprendidas entre los 31 y los 70 años. Asimismo, la mayoría mostró su actitud favorable a la donación de órganos.

Salud destacó igualmente que uno de cada tres ciudadanos que expresaron su voluntad vital anticipada nombraron un representante, que pueda sustituirlo ante la necesidad de prestar el consentimiento informado previo a una intervención sanitaria. En los casos en que se designe un representante, éste debe personarse para ratificar su aceptación.

Una vez inscrita en el Registro, la declaración prevalece sobre la opinión y las indicaciones de familiares, allegados o de los profesionales que atiendan al enfermo. No obstante, el autor podrá revocar o modificar su declaración en cualquier momento si lo considera oportuno.

Fuente: El Médico Interactivo

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